El Comité de Seguridad y Salud
es el órgano de participación interno de la empresa para una consulta
regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de
prevención de riesgos.
De acuerdo a la ley 29783 se considera el órgano bipartito y paritario constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por la legislación y la práctica nacional, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones del empleador en materia de prevención de riesgos.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario